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Calculadora de finiquito e indemnización

Cuánto te corresponde de indemnización según cómo termine tu contrato.

Rellena el salario y las fechas.
Ejemplo: un despido improcedente con 24.000 €/año y 5 años de antigüedad son unos 10.850 € de indemnización (33 días por año), y está exenta de IRPF hasta el límite legal.
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¿Crees que tu despido es improcedente?

Consulta con un laboralista →

Indemnización según el tipo de despido

TipoDías/añoTope
Despido improcedente33 días24 mens.
Despido objetivo (procedente)20 días12 mens.
Despido colectivo (ERE) — mínimo legal20 días12 mens.
Fin de contrato temporal12 días
Despido disciplinario procedente
Baja voluntaria

Preguntas frecuentes

¿El finiquito lleva IRPF?

Sí. El finiquito (salario pendiente, parte de las pagas extra y vacaciones no disfrutadas) tributa por IRPF. Lo que puede estar exenta es la indemnización, que es cosa distinta.

¿Se paga IRPF por la indemnización por despido?

La indemnización está exenta de IRPF hasta 180.000 €, dentro de la cuantía legal obligatoria y, en el despido improcedente, si la improcedencia se reconoce oficialmente (conciliación o sentencia).

¿Cuántos días por año corresponden de indemnización?

Despido objetivo: 20 días por año (máx. 12 mensualidades). Despido improcedente: 33 días por año desde febrero de 2012 (45 días para el tiempo anterior), con topes.

¿Diferencia entre finiquito e indemnización?

El finiquito salda lo que la empresa te debe por el trabajo ya hecho y se cobra siempre. La indemnización compensa el despido y solo existe en ciertos ceses. Fiscalmente: el finiquito tributa; la indemnización puede estar exenta.

¿Tengo indemnización si me voy voluntariamente?

No. En una baja voluntaria cobras el finiquito, pero no hay indemnización.

¿El finiquito cotiza a la Seguridad Social?

Sus conceptos salariales (salario, pagas, vacaciones) sí cotizan; la indemnización por despido no cotiza a la Seguridad Social.

Fuente: Estatuto de los Trabajadores (arts. 49, 53 y 56) y art. 7.e de la Ley del IRPF sobre la exención.